¿Qué es el Cierre fiscal?

 El Cierre Fiscal

¿Qué es el cierre fiscal?

Este corresponde al proceso mediante una empresa genera y presenta un resultado de sus actividades contables según todos los ajustes necesarios basados en la legislación y políticas internas de la empresa. A partir de dicho cierre, que normalmente coincide con el año fiscal en sí, se calculan los impuestos correspondiente que debe pagar la empresa. 

El cierre fiscal más próximo en Costa Rica se realiza el 31 de diciembre 2024. Dada su cercanía, es necesario tener en cuenta ciertos cambios implementados a este proceso por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. Estos cambios toman en cuenta las modificaciones establecidas por la Ley N° 10381, la cual reforma la Ley N° 7092 (Ley del Impuesto Sobre la Renta). 

Beneficios

Una cantidad de estos cambios beneficia a las mipymes, puesto que se realiza una disminución en el impuesto de estas empresas. La reducción se puede dividir según la longevidad de la misma, de manera que:
  • Cero por ciento (0%) del impuesto sobre el impuesto a las utilidades el primero, segundo y tercer año de actividades empresariales.
  • Veinticinco por ciento (25%) del impuesto sobre el impuesto a las utilidades, el cuarto y quinto año de actividades empresariales.
  • Cincuenta por ciento (50%) del impuesto sobre el impuesto a las utilidades el sexto año de actividades empresariales.

Retenciones

Según los cambios establecidos, se le permite al patrono rectificar aquellas declaraciones en relación a retención de renta sobre salarios. Lo anterior hace referencia a la renta salarial retroactiva haciendo que la misma se tribute en el periodo de tiempo en el cual fue realmente  devengada. Esta rectificación no genera ningún tipo de penalización al patrono y además disminuye la carga tributaria del trabajador, es decir, no se aplicaría un aumento en la tarifa por el impuesto de renta al salario. 

Sanciones

En términos de sanciones a rasgos generales se consideran los siguientes puntos importantes a los cuales se les aplicará una sanción monetaria según corresponda:

  • Evasión de la declaración, ya sea mediante modificación o inscripción de datos, para este caso se aplica una multa de medio salario base mensual si que se supere el monto general de tres salarios base sumados. 
  • No presentar o presentar de manera tardía las declaraciones auto-liquidativas de obligaciones tributarias.
  • Morosidad, de manera general, en el pago de tributo.
  • Incumplimiento en los plazos establecidos para la declaración de información. De la misma manera se realiza una sanción si se presenta información con errores en su contenido. 

Referencias

  1. Sánchez, A. D. (2016, Diciembre 3). Cierre fiscal. Economipedia. https://economipedia.com/definiciones/cierre-fiscal.html
  2. RumboEconómico. (2024, Octubre 24). Estos son algunos cambios para el cierre fiscal. Rumbo Economico. https://rumboeconomico.net/finanzas/estos-son-algunos-cambios-para-el-cierre-fiscal/#:~:text=El%20cierre%20fiscal%20en%20Costa,expertos%20recomiendan%20tomar%20ciertas%20acciones.
  3. Ramírez, A. (2024). ¿Tiene obligaciones tributarias? Cierre fiscal vendrá con cambios | Crhoy.com. CRHoy.com | Periodico Digital | Costa Rica Noticias 24/7. https://www.crhoy.com/economia/tiene-obligaciones-tributarias-cierre-fiscal-vendra-con-cambios/

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